Los PQRs (Peticiones, quejas y reclamos) son un derecho que se encuentran consagrados en el Artículo 23 de la Constitución Política de 1991 y en el Artículo 152 de la Ley 142 de 1994. Este recurso es un acto del suscriptor o usuario que obliga a la empresa a revisar ciertas decisiones que afectan la prestación del servicio o la ejecución del contrato. Estos recursos no requieren de la presentación personal ni de abogado, y para la facilidad del suscriptor o usuario cuentan con un formulario para su diligenciamiento.
Petición: Solicitud de carácter verbal o escrito, presentada a la Entidad para requerir y/o acceder a documentación o información de la Entidad.Se pueden realizar consultas acerca de las actividades y funciones. También se pueden presentar sugerencias, para el mejoramiento de los servicios ofrecidos por la Entidad.
Quejas: Inconformidad respecto de la actuación o conducta de un funcionario de la Entidad.
Reclamo: Inconformidad de un usuario con relación a la no prestación o prestación deficiente de un servicio.
Tiempos de respuesta: General: Hasta 15 días hábiles. Facturación: Hasta 5 días hábiles.